¿se pueden exonerar las deudas públicas con la segunda oportunidad?

En el marco de un procedimiento de la segunda oportunidad, muchos deudores se encuentran con una dura realidad: no pueden exonerarse sus deudas con Hacienda o la Seguridad Social, más allá de los límites que establece el artículo 489 del Texto Refundido de la Ley Concursa -como máximo 10.000 € y con ciertos matices-. Esta limitación prevista por la ley, ha generado un intenso debate jurídico. Sin embargo, la reciente resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de…

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